Total de transferencias de FONACIDE a gobernaciones y municipalidades para alimentación escolar
El indicador muestra los montos transferidos a gobernaciones y municipalidades para alimentación escolar, bajo el concepto de FONACIDE en guaraníes corrientes, por año. Conforme al artículo 4 de la Ley N° 4758/12, el 30% (treinta por ciento) de los ingresos percibidos por Gobiernos Departamentales y Municipales en virtud de la presente Ley, deberá destinarse al financiamiento de proyectos de almuerzo escolar.
En 2020, se realizó la siguiente modificación y ampliación transitoria vigente al artículo 4 de la Ley N° 4758/12 que establece que "hasta el 50% (cincuenta por ciento) de los ingresos percibidos por las Gobernaciones y Municipalidades en virtud de la presente Ley, podrá destinarse a la compra de alimentos o kits de víveres para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 5210/2014 "DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR Y CONTROL SANITARIO". Esta modificación y ampliación transitoria estuvo vigente durante el Ejercicio Fiscal 2020.
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